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Inicio > Actualidad inmobiliaria Barcelona > Certificado energético de vivienda: ¿Qué es? ¿Es Obligatorio?

certificado energetico vivienda

Certificado energético de vivienda: ¿Qué es? ¿Es Obligatorio?

Por

Guillaume

Publicado en Actualidad en Barcelona En Abr 08, 2025

Obtén un resumen del artículo:

El certificado energético es un documento que solicita el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, para certificar la eficiencia energética de una vivienda. Es un documento que es de carácter obligatorio en España, salvo en situaciones específicas. Gracias a él podemos conocer el gasto energético de un inmueble. En él aparece tanto el consumo energético como las emisiones de CO₂ del inmueble, y es obligatorio tanto para una compraventa como para alquilar.

De esta forma se califica a las viviendas según el gasto energético incurrido al mes y por superficie de la vivienda. En el resultado de la certificación se utiliza una letra que va desde la A como el mínimo gasto energético, hasta la G, que sería el peor resultado. El objetivo de este control de la obligatoriedad es fomentar la sostenibilidad en las viviendas para proteger del medioambiente. Aunque no todos los inmuebles necesitan esta certificación, existen excepciones que veremos más adelante.

Para aquellos edificios que no dispongan del certificado o se obtenga de forma ilegal, existen infracciones clasificadas según su gravedad.

En el certificado energético o certificación energética encontraremos también información sobre el consumo del edificio, la clasificación energética, la descripción de las características energéticas y las recomendaciones de mejoras. En el certificado podremos encontrar las características energéticas del edificio.

¿Para qué necesito el certificado energético?

El certificado de eficiencia energética es un documento obligatorio que toda vivienda debe tener. Es una medida implantada por la Unión Europea, afectando a la normativa CEE, para que los propietarios o inquilinos conozcan su coste energético mes a mes.

Es necesario para determinar el gasto energético que tiene una vivienda, se tiene en cuenta diferentes elementos que consumen energía, como son los sistemas de refrigeración, el agua caliente, la calefacción, ventilación, iluminación, el tipo de ventanas del hogar, etc.

Cualquier vivienda, ya sea para la compra, la venta, un local convertido en vivienda o incluso en algunas Comunidades Autónomas para el arrendamiento o alquiler turístico, se exige tener la normativa de eficiencia energética en regla.

Al tener el certificado energético para viviendas, evitas posibles penalizaciones en el futuro. Al ser un documento obligatorio, el no cumplimiento implica una infracción que puede considerarse leve, grave o muy grave, dependiendo de la situación.

Te vendrán una serie de recomendaciones para mejorar la eficiencia del edificio en caso de ser necesario. Esto te ayudará a contribuir, mejorar el medioambiente y a ahorrar en tu factura.

¿Desde cuándo es obligatorio el certificado de eficiencia energética?

Antes de la nueva normativa para que el certificado de eficiencia energética fuese obligatorio para todas las viviendas, solo algunos edificios tenían esa obligación de presentar el certificado. Siempre el encargado de proceder con la certificación y renovarla para que esté vigente, es y ha sido responsabilidad del promotor o propietario del edificio, sea de construcción nueva o ya existente.

También desde el 2013, la certificación de eficiencia energética es necesaria y obligatoria para la compra o venta de edificios o parte de los mismos, como son pisos, apartamentos, locales comerciales, etc.

A partir del auge en la demanda del alquiler en España, en 2021 se creó un Real Decreto 390/2021, a partir del 2 de junio de 2021, para que fuese obligatorio presentar el certificado energético cuando la vivienda se destina al alquiler vacacional.

Ya desde el 2022 ha sido obligatorio contar con el certificado energético, con vigencia de hasta 10 años. Con la excepción de los edificios o viviendas con un certificado G, que en este caso tendrían una vigencia de la mitad, 5 años.

También son necesarios otros documentos relacionados con el certificado energético para la vivienda, como el boletín eléctrico para saber la potencia instalada o la cédula de habitabilidad que indica que un inmueble es apto para ser utilizado con fines residenciales.

Para dar datos más precisos de la etiqueta energética, se realizó el comunicado a través del Boletín Oficial del Estado (BOE): “La aprobación de la Directiva (UE) 2018/844 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 2010/31/UE relativa a la eficiencia energética de edificios y la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética, hace necesaria la transposición a nuestro ordenamiento jurídico de las modificaciones que incorpora, especialmente en lo relativo a la introducción de nuevas definiciones y revisión de las existentes, la modificación de las bases de datos para el registro de los certificados de eficiencia energética, que permitirán la recopilación de datos sobre consumo de energía medido o calculado de los edificios, así como la vinculación de incentivos financieros para la mejora de la eficiencia energética al ahorro de energía previsto o logrado.”

El objetivo de esta práctica es recopilar datos de eficiencia energética y consumo de los edificios existentes para estudiar si se pueden mejorar. De esta manera, pueden existir incentivos para la mejora de edificios y transformar el resultado del certificado rojo a uno verde.

Tipos de multas por no tener el certificado energético

¿Qué pasa con aquellos propietarios de viviendas que aún no poseen el certificado energético o sin vigencia? Existen diferentes tipos de juzgar la situación, segmentadas por el tipo de infracciones.

Según el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, los distintos tipos que existen de multas por no tener certificado energético en los edificios se pueden categorizar como:

Infracciones leves:

  • La etiqueta no se ajusta al formato establecido.
  • Anunciar o dar a conocer el intento de venta/alquiler de vivienda sin mostrar la calificación energética obtenida, como no mostrar la etiqueta cuando sea obligatorio.
  • La no vigencia y no renovación de certificados.
  • No incorporar el certificado energético en el Libro del edificio.
  • Certificado de eficiencia energética sin el contenido mínimo obligatorio.
  • Cualquier otra acción que afecte a las normas de certificación y no se catalogue como grave o muy grave.

Infracciones graves:

  • Obtener beneficio económico de un inmueble sin entregar el certificado.
  • Que dentro del proyecto de ejecución del edificio no haya incorporado el certificado.
  • No cumplir el procedimiento para la obtención del certificado energético según el real decreto.
  • Etiquetas no correspondientes al certificado energético, o en su igualdad que no esté en vigor.
  • No tener registrado o no presentar el certificado energético donde se proceda en la Comunidad Autónoma.
  • Tener sanciones leves del año anterior.

Infracciones muy graves:

  • Falsificaciones de la documentación.
  • No estar capacitado como técnico certificador y
  • No disponer de las competencias como técnico certificador.
  • Supervisión/control de la certificación energética sin el consentimiento o habilitación del órgano competente.
  • Venta o alquiler de edificios con certificados expirados o no debidamente registrados.
  • Igualmente, se considerará infracción muy grave, aquellas graves que durante los tres años anteriores a su imposición hayan vuelto a suceder de nuevo.

Falsificación en la acreditación energética, infracción muy grave

Si no tienes el certificado energético obligatorio, pensar en falsificar la acreditación energética no es buena idea. Está considerado como una infracción muy grave de la normativa y existen multas de 1.000 a 6.000 euros.

Aparte, como es un requisito obligatorio para la venta, compra o el alquiler de piso, se considera una violación muy grave incluir un anuncio sin que esté respaldado por un certificado en vigor. Igual para etiquetas que no concuerden o quieran reemplazar el certificado.

Este cometido también va para las personas que de forma fraudulenta se hacen pasar como técnicos certificadores o agentes independientes que pueden aportar el certificado de edificios. Se exponen a multas de hasta 6.000 euros.

Los expedientes de sanción se aplicarán a individuos, compañías o comunidades de bienes que no cumplan con estas responsabilidades de certificación energética. Si alguien, después de analizar los importes de las multas, piensa que las ventajas de desafiar la legislación sobrepasan lo que representa una multa, la Ley también ha considerado esto y en tales situaciones, se aplicará una sanción basada en los beneficios que se han logrado.

Para prevenir todo esto, si aún no posees un certificado de eficiencia energética, comunícate con un técnico certificador que inspeccione tu propiedad para completar todos los procedimientos requeridos y obtener una certificación de eficiencia energética válida correctamente documentada.

Inmuebles exentos de certificado energético

El certificado energético es obligatorio, aunque existen excepciones de inmuebles que no lo necesitan, entre ellos, hay siete tipos de viviendas:

  • Los edificios destinados a grandes reformas o para demoler.
  • Edificios con fines industriales, agrícolas o de defensa.
  • Los edificios o inmuebles con valor arquitectónico o histórico.
  • Inmuebles para fines o actividades religiosas con una superficie inferior a 500  m²
  • Si los edificios solo se usan durante 4 meses al año o menos.
  • Los edificios con menos de 50 m² de superficie total útil.

No te olvides de tu certificado energético

El certificado energético es obligatorio y de gran necesidad, como hemos visto durante el artículo, si tu vivienda o alguna que esté a tu nombre, está entre las obligatorias que necesariamente tienen que contar con un certificado energético, ahora sabes la importancia de poseerlo. Para cualquier tipo de movimiento, como una compraventa, un arrendamiento, anuncio de la vivienda… tendrás que acreditar la posesión del inmueble y la etiqueta de la eficiencia energética.

En caso de la venta del inmueble, la etiqueta del certificado se debe incluir en el contrato de ambas partes y se tendrá que entregar al comprador de la vivienda. En caso de un arrendamiento de tu inmueble, el inquilino o inquilina deberá poseer una copia vigente del documento, por si fuese necesario demostrar los datos de eficiencia energética.

Si necesitas más información sobre el certificado energético, contacta con nosotros y te ayudaremos en el proceso.

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